Publicado en el BOE el 28 de abril de 2021 la modificación del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por el RD 513/2017, en lo referente a medios humanos en empresas instaladoras y mantenedoras de equipos y sistemas de protección contra incendios, que deberán estar en plantilla.
Con carácter general, todos los reglamentos afectados son modificados en tres ámbitos:
1) La relación contractual de los medios humanos de las empresas instaladoras, que en el caso de profesionales habilitados y técnicos competentes pasan a estar en plantilla. Además, se exigirá que los contratos de instaladores y técnicos competentes abarquen el tiempo que la empresa preste sus servicios, permitiéndose que los socios de las empresas puedan actuar como instaladores habilitados o titulados técnicos competentes.
2) Se modifica además la referencia a técnico competente por técnico titulado universitario con competencias específicas en la materia objeto del presente reglamento.
3) Se equiparan los medios de acceso a la actividad de instalador habilitado incluyendo la certificación de personas en aquellos reglamentos donde no estaban contemplados.
Información completa en el artículo undécimo de la norma: