Adaptación del CPR al Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales de cables eléctricos


Con la publicación del documento ministerial de «Adaptación del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales (R.D. 2267/2004) tras la publicación del Reglamento Delegado 2016/364, que establece las clases posibles de reacción al fuego de los cables eléctricos» en Junio de 2016 por parte de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial, se establece las nuevas clases de reacción al fuego aplicables a los cables recogidos RSCIEI (así como en el REBT mediante  documento análogo), además de recoger los plazos de solape entre normativas y la fecha de entrada en vigor definitiva del reglamento CPR, los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de la prestación (EVCP), así como los Organismos Españoles notificados.

Recordemos primero que la CPR  (Construction Products Regulation) es una norma emitida por la Comunidad Europea con el fin de regular los límites de fuego y de sustancias peligrosas en los materiales de construcción de modo que se unifiquen los criterios para evaluar el rendimiento de los productos de la construcción.

A modo de resumen, se establece la clase Cca-s1b,d1,a1 para todos los casos en que el RSCIEI pide la instalación de cables de alta seguridad, no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida, donde:

  • Cca: valores limitados de propagación de las llamas y liberación de energía (ver cuadro 1. 1-4 del Reglamento de Productos de Construcción) y no propagador de la llama según UNE-EN 60332-1-2.
  • s1b: escasa producción y lenta propagación de humo y transparencia de humos entre el 60% y el 80% (UNE-EN 61034-2)
  • d1: : sin caída de gotas o partículas inflamadas durante más de 10 s (UNE-EN 50399-2-2)
  • a1: baja acidez (UNE-EN 50267-2-3 –> conductividad < 2,5 μS/mm y pH > 4,3)

La nueva clase Cca-s1b,d1,a1 comporta mejor reacción al fuego que los tradicionales cables AS los ensayos serán más exigentes y se controlarán nuevos parámetros como la generación de calor o el desprendimiento de gotas o partículas durante la prueba de fuego.

El Ministerio de Industria establece como período de coexistencia de ambas reglamentaciones, desde el 10 junio de 2016, dondese podrán aplicar las prescripciones ya establecidas en el Anexo II, parte 3.3 del RSCIEI o que los cables eléctricos lleven el marcadoCE según las clases de reacción al fuego en base a la norma armonizada UNE-EN 50575:2015. A partir del 1 de Julio de 2017 solamente se podrán comercializar los cables eléctricos con marcado CE según CPR.

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